Tabla reivindicativa de la Sección de Atento-061

A continuación reproducimos los 19 puntos de la tabla reivindicativa que ha presentado la Sección SIndical del SOV de Manresa en Atento – 061 Emergencias médicas.

1.- Categoría de gestor para todos los teleoperadores

Aplicación de la categoría de gestor a todos los teleoperadores de la plantilla y a los futuros trabajadores de la empresa, como se hace, desde hace tiempo, en el servicio del 112. Quedando abolidas las categorías de teleoperador y teleoperador especialista.

2.- Mejora de las condiciones de seguridad y salud
Cascos individuales, taquillas, limpieza, eliminar los muros de separación

3.- Plus de antigüedad y plus de trienios y quiquenios
Establecimiento de un plus en concepto de antigüedad para todos los gestores y teleoperadores que lleven más de un año contratados. Este plus será progresivo, aumentando la cantidad cada año. Pagando un plus por trienios y quinquenios con las mismas características.

4.- Una persona, una categoría
No queremos cambiar de categoría en función del día. Si una persona tiene categoría de gestor, no puede hacer el trabajo de teleoperador y vicerversa. Así mismo, NINGÚN teleoperador debe hacer el trabajo de los coordinadores. Exigimos que se respete la categoría laboral de cada persona.

5. Plus de emergencias.
Pago mensual integro de 150 euros en concepto de emergencias, independientemente de las horas trabajadas (39h, 32h, 24h o 16h).

6. Actualización del IPC del 2009.
Actualización del IPC del 2009 al 1% más el 10% en concepto de retardo. El salario del 2009 se ha actualizado un 1,25% y no un 2,25 % como recoge el Convenio Colectivo.

7. Contrato indefinido a los 12 meses.
Contrato indefinido para todos los trabajadores tras 12 meses trabajando en la empresa, manteniendo la realización de su trabajo al servicio del 061.

8. Un tablón para cada sindicato.
Implantación de un tablón al centro de trabajo para cada sindicato por poder, así, ejercer el derecho de informar libremente a los trabajadores, tal y como se recojo al artículo 78 del Convenio Colectivo de Contact Center, en lo referente a la libertad sindical.

9. Un mínimo de 14 días de vacaciones en periodo estival.
Concesión de un mínimo de 14 días laborables de vacaciones en periodo estival (del 21 de Junio al 21 de Septiembre) a todos aquellos trabajadores que así lo pidan, independientemente de la demanda del servicio.

10. Un idioma, un plus.
Pago íntegro del plus de idiomas por cada idioma extranjero que utilice el personal de operaciones para desarrollar su actividad. Hasta el día de hoy se está pagando sólo un plus de idiomas por la utilización de dos idiomas extranjeros. Pago de las cantidades atrasadas, más un 10% en concepto de demora.

11. El trabajador decidirá cuando disfruta los compensados.
Cada trabajador decidirá el día que quiere disfrutar los compensados, no los impondrá la empresa de forma unilateral como está haciendo ahora. Todos los trabajadores tendrán el derecho de acumular los compensados si así lo desean.

12. Catorce días festivo restados al horario convencional, lo trabajen o no.
Concesión de compensados por los 14 considerados como festivos, independientemente si trabajamos o no es decir, del horario del burofax.

13. Negaciones de vacaciones.
Establecimiento de un máximo de dos denegaciones de vacaciones, a la tercera vez se han de aceptar a la fuerza.

14. Subrogación del 100% personal.
En el caso del fin del servicio o de la fusión de los servicios 061 y 112 se subrogará al 100% del personal.

15. No a la deslocalización del servicio
No a la deslocalización del servicio fuera de la comarca del Barcelonès.

16. Morosidad y deudas económicas de la empresa con los trabajadores.
Actualización de todas las deudas que tiene la empresa con los trabajadores más un 10% en concepto de demora. Estas deudas son la no la actualización del IPC del 2009, el pago parcial del Plus de Emergencias, del Plus de Idiomas y los errores continuados en las nóminas.

17. Formación y formación inicial previa a la contratación.
La firma del contrato laboral será previa a la formación inicial. Las horas de formación serán remuneradas como horas de trabajo reales, por lo tanto también se cotizará a la Seguridad Social. Todas estas medidas tendrán carácter retroactivo para todos los trabajadores, tanto los que van cobrado la formación como los que todavía no lo han hecho.

18. Respetar las pausas visuales a Gestión.
Cumplimiento del artículo 57 del Convenio Colectivo de Contact Center donde se recoge que todo el personal que desarrolle una actividad en pantallas de visualización de datos, tendrá una pausa de cinco minutos por cada hora.

19. Aplicación del artículo 10.3 de la LOLS.
La Sección Sindical de CNT debe tener acceso a la información y a la documentación que la empresa pone a disposición del Comité de Empresa. Asimismo, la Sección Sindical de CNT ha de asistir a las reuniones del Comité de Empresa y de los órganos internos de la empresa en materia de seguridad y higiene.

Traducido de Sección Sindical en Atento (SOV de Manresa)

CNT de León

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