La reducción de jornada por cuidados llegó con la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Esta ley se instauró con el propósito, entre otros, de que las mujeres empleadas pudiesen participar en igualdad de condiciones que los hombres en el mercado laboral. Así pues, se reguló y protegió el derecho de mujeres y hombres a la reducción de jornada laboral por el cuidado de niños y niñas menores de 12 años y personas dependientes.
Pero por desgracia, lo que ha hecho esta ley es aumentar la brecha existente entre mujeres y hombres en la responsabilidad de la conciliación familiar. La incidencia del empleo a tiempo parcial se ha elevado en las mujeres y además, ha creado otra brecha más entre las mujeres no protegidas por su tipo de contrato ya que sólo pueden acogerse a esta relación contractual las personas con contrato indefinido y a tiempo completo. Por otro lado, acogerse a esta ley no gusta a las empresas que la consideran un privilegio en vez de un derecho, agarrándose a los vacíos legales existentes en ella para imponer su voluntad a su antojo y que las personas trabajadoras terminen “pasando por el aro”.
Nos es conocido que existe una gran diferencia en la incidencia del empleo a tiempo parcial entre mujeres y hombres. Pues bien, esta incidencia se triplica con el nacimiento de un hijo.
Según los últimos datos del I.N.E. (Instituto Nacional de Estadística), en 2019, 2.182,9 mil mujeres estaban empleadas a tiempo parcial frente a los 762,0 mil hombres y que de éstas 288,3 mil mujeres lo hacían por una cuestión de cuidados cuando sólo lo estaban por esta misma razón 18,5 mil hombres.
Esto, sumado a que las mujeres asumimos, por norma general, más tareas domésticas, nos trae adjuntas nefastas consecuencias pues nos impide participar en el mercado laboral en las mismas condiciones que los hombres ya que las restricciones horarias repercuten en nuestra formación y/o promoción profesional y también lleva consigo una penalización salarial (se cobra en proporción a las horas trabajadas). Esta penalización salarial, en un sueldo que, también, generalmente, suele ser inferior, hace que se reduzca nuestra cotización a la Seguridad Social lo que se traduce en bajas pensiones. Es decir, nos convertiremos en pensionistas pobres.
Como se citó anteriormente, las mujeres que pueden acogerse a este tipo de contrato han de estar empleadas a tiempo completo y con contrato indefinido. Es decir, que si la empresa no quiere aceptar la reducción de jornada de las mujeres solicitantes con contrato temporal, sólo tiene que no renovar el contrato cuando éste finaliza o no transformarlo a indefinido.
Por otro lado, se pueden dilucidar inconvenientes de la ley que sin pretenderlo juegan a la contra, pues podrá haber menor probabilidad de empleabilidad o de contratación indefinida sobre el rango de mujeres en edad de tener hijos.
Con la intención de proteger a la trabajadora solicitante de esta relación contractual y evitar el rechazo por parte de las empresas, la ley prohíbe el despido a la trabajadora que hubiese solicitado una reducción de jornada que puede ser de mínimo 1/8 de la jornada a la mitad como máximo, eligiendo el horario que le sea conveniente.
Sin embargo, esta ley establece que la empresa puede realizar cambios en la categoría profesional de la trabajadora siempre y cuando sea de acuerdo a la titulación académica y que ésta puede alegar problemas en la organización o funcionamiento del flujo de trabajo cuando hay varias solicitudes. Con estos vacíos legales las empresas tratan de presionar a estas trabajadoras para que vuelvan a la jornada completa o dejen su trabajo. Las tácticas de mobbing más utilizadas son: poner en contra a compañeras y compañeros haciendo cargar a la mujer con reducción de jornada con la culpa de la carga de trabajo, tener que volver a ganarse la confianza de sus superiores, chantaje emocional sobre la crianza de los hijos, traslado del centro de trabajo habitual, cambio de funciones en la empresa (sobre todo a funciones mecánicas), etc.
El miedo a las represalias, la constante lucha psicológica y la derrota moral hace que estas trabajadoras tengan miedo de judicializar los casos, quedando totalmente desprotegidas y en condiciones psicológicas lamentables para reincorporarse al mundo laboral.
En definitiva, ésta es la cara oculta de la reducción de jornada.
¿Podría ser una solución que la reducción de jornada sea obligatoria para ambos cónyuges o, como se está empezando a hablar, que el cónyuge no acogido a reducción de jornada cotizase la parte proporcional a la Seguridad Social por el cónyuge acogido a ella y así esto no repercuta en su futura pensión?. ¿Por qué los hombres no terminan de responsabilizarse del cuidado de sus hijos?, ¿es por una cuestión de falta de concienciación hacia los cuidados?, ¿se opta por sacrificar el sueldo menor que suele ser el nuestro, el de las mujeres?, ¿o, también como se está hablando los últimos años, por una cuestión biológica en los primeros años del bebé?, pero, y después de estos primeros 3, 4 años del bebé, ¿por qué no son los hombres los que se acogen a ella?.
¿Es una cuestión biológica o una enseñanza patriarcal de sacrificio bien aprendida por parte de las mujeres?, ¿o por parte de los hombres?, ¿o por ambos?.
Supongo que cabrían un sinfín de preguntas que hacerse y que esto daría para abrir otro debate, pero lo que está claro es que esta fórmula contractual evidencia las diferencias de género que existen en relación al cuidado de menores, el horario de trabajo, la brecha laboral y la brecha salarial. Y por otro lado, el que las empresas no suelen tener en cuenta el trabajo efectivo, responsable y duro realizado por estas trabajadoras tratándolas como piezas de andamiaje totalmente prescindibles.
Frases para reflexionar:
Para que la mujer llegue a su verdadera emancipación debe dejar de lado las ridículas nociones de que ser amada, estar comprometida y ser madre, es sinónimo de estar esclavizada o subordinada.
- Emma Goldman –
Una tarde fuimos a visitarle y lo encontramos en la cocina. Llevaba un delantal, fregaba los platos y preparaba la cena para su hijita Colette y su mujer. El amigo con quien había ido trató de bromear: “Pero oye, Durruti, ésos son trabajos femeninos”. Durruti le contestó rudamente: “Toma este ejemplo: cuando mi mujer va a trabajar yo limpio la casa, hago las camas y preparo la comida. Además baño a la niña y la visto. Si crees que un anarquista tiene que estar metido en un bar o un café mientras su mujer trabaja, quiere decir que no has comprendido nada”.
- Emma Goldman sobre Durruti –